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Las empresas con pérdidas podrán despedir sin dar explicaciones
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http://blogs.periodistadigital.com/dinero.php/2008/07/22/des...
Enviado por lukass hace 2 meses, 3 semanas, 1 día, 13 horas
La Sala de lo "Social" del Tribunal Supremo argumenta que "para apreciar la concurrencia de las causas económicas (en sentido estricto) del despido objetivo basta en principio con la prueba de pérdidas en las cuentas y balances de la sociedad titular de la empresa. Si estas pérdidas son continuadas y cuantiosas, se presume en principio, salvo prueba en contrario, de acuerdo con la jurisprudencia de la Sala, que la amortización de los puestos de trabajo sobrantes es una medida que coopera a la superación de dicha situación económica negativa".
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